Buenos Aires, 28/03/2024, edición Nº 4954
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Graves errores en el Curso Online para la renovación de la Licencia de Conducir

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La asociación civil Luchemos por la Vida ha encontrado graves errores en el curso online para la renovación de manejo del Gobierno de la Ciudad que, lejos de mejorar el sistema, provocaría mayores confusiones que serían la causa de siniestros graves.

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(CABA) El curso online para la renovación del registro fue analizado por la asociación civil Luchemos por la Vida y ha encontrado graves errores que podrían confundir a los conductores y aumentar el número de siniestros en la vía pública.

Algunos de los errores son los siguientes:

“Tiene la prioridad quien ingresa o cruza una semiautopista” Error. Es exactamente lo contrario (Ley 24449 Art. 41 Inc. d).

Un gráfico muestra las prioridades de paso: “1- Peatón; 2- Ciclista; 3- Transporte público; 4- Auto”. No es lo que dice la ley, que no establece ninguna diferencia de prioridades entre los 3 últimos tipos de vehículos.
En cuanto al peatón, dice siempre detenerse y dejarle el paso. En otra parte dice “cuando cruza en senda peatonal o zona peligrosa”. Estos son mensajes contradictorios que pueden inducir al peatón a arriesgarse. Las Leyes establecen la prioridad peatonal en las sendas peatonales o zonas peligrosas señalizadas como tales (Ley 24449 Art. 41 Inc e) o en zonas destinadas a ellos (Ley 2148 Art. 6.7.1).

“El ciclista circula más seguro por la izquierda”. Error. El ciclista no circula más seguro por la izquierda ya que es la zona de sobrepasos y de quienes circulan a más velocidad, y la legislación de tránsito de la Ciudad en el art 6.10.8 inc f. especifica que en las calzadas sin demarcación de carriles, deben circular por el borde derecho. Solamente es así cuando circulan por sus vías exclusivas, las ciclovías, o preferenciales, que estén ubicadas sobre la izquierda.

Se extiende en la promoción del uso de la bicicleta, pero en ningún lugar se señala la importancia del uso del casco para la protección de la vida del ciclista, ni menos aún que su uso es obligatorio, según la ley de la Ciudad. (Art.6.10.7)

“Regla de los 3 segundos para una distancia segura entre vehículos”. Debería aclarar que la legislación de tránsito establece como distancia segura mínima la de 2 segundos, más allá de que a mayor distancia, haya mayor seguridad (Ley 2148 Art. 6.1.13).

Luces de emergencia. Dicen que “son obligatorias para vehículos de transporte escolar, y que las pueden llevar todos los vehículos”. Error. Son obligatorias para todos los vehículos automotores (Art 31 Inc g Ley de Tránsito 24449).

Hay muchos otros errores que pueden consultarse en el sitio de Luchemos por la Vida www.luchemos.org.ar .

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