Buenos Aires, 19/04/2024, edición Nº 4976
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Se creó el Programa Frentistas Responsables de la Ciudad

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El Programa Frentistas Responsables  ofrecen descuentos y financiación para la reparación la construcción, mantenimiento y conservación de sus veredas a los vecinos que participen.

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(Barrio de Flores) A fin de promover y facilitar el cumplimiento de la norma que establece que los frentistas son los principales responsables de la construcción, mantenimiento y conservación de sus veredas, se crea el Programa Frentistas Responsables, a través del cual el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, junto a las empresas que adhieren al mismo, ofrecen descuentos y financiación a los vecinos que participen.

El artículo 1° de la Ordenanza N° 33.721/77 establece que los frentistas son los principales responsables de la construcción, mantenimiento y conservación de sus veredas, tanto las deterioradas por el uso normal como aquellas que fueran dañadas por su mal uso, demolición, construcción privada o incorporación de artefactos.

Programa “Frentistas Responsables”

Según el artículo 1° de la Ordenanza N° 33.721/77, los frentistas son los principales responsables de la construcción, mantenimiento y conservación de sus veredas, tanto las deterioradas por el uso normal como aquellas que fueran dañaadas por su mal uso, demolición, construcción privada o incorporación de artefactos. Por su parte, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires tiene a cargo el arreglo sólo si se tratara de una situación de deterioro causada por la pavimentación, repavimentación o trabajos relacionados con el alumbrado público, señalización o corte de raíces.

Con el fin de cumplimentar con lo establecido por esta ordenanza vigente desde el año 1977, se crea el Programa de “Frentistas Responsables”.

En este marco, se realizará una primera experiencia piloto voluntaria y se enviarán promotores para notificar de la propuesta a los vecinos y comerciantes seleccionados (reparación y consolidación de un mismo diseño de veredas). Los promotores informarán sobre el plazo para sumarse al programa, así como los incentivos y beneficios que se aplicarán a tal fin.

Los Frentistas que se adhieran al Programa deberán dar cumplimiento en tiempo y forma con las obligaciones asumidas en el marco del mismo.

Por su parte, el GCABA desde la Secretaria de Atención Ciudadana y Gestión Comunal se compromete a hacer sus mayores esfuerzos con la finalidad de generar distintas modalidades de incentivos y beneficios para facilitar las acciones comprometidas por los Frentistas.

Por un lado, se trabaja en la generación de alianzas publico -privadas, con el objetivo de acercar a los Frentistas con empresas proveedoras de materiales e insumos de construcción que, involucradas con el cuidado y el mejoramiento del espacio público, colaboren con el Programa descrito anteriormente proveyendo algún beneficio económico (descuento) o financiero (pago en cuotas sin interés) para aquellos frentistas previamente inscriptos en el Registro creado a tal fin y adheridos al Programa.

Por otra parte, en colaboración con el Banco Ciudad se planifica otorgar préstamos y/o facilidades con la finalidad de hacer frente a las obligaciones que la adhesión al Programa demanden.
Términos y Condiciones de adhesión al Programa “Frentistas Responsables”.
La adhesión al Programa “Frentistas Responsables” del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (el “Programa”) implica el compromiso voluntario del/ de los Frentistas de asumir sus responsabilidades en los términos de la normativa vigente. Esta adhesión conlleva el compromiso de ejecutar el Plan de refacción de aceras conforme se acuerde con la Autoridad de Aplicación.

Con la finalidad de adherirse al Programa, el frentista deberá registrarse en el Registro creado a tal efecto.

La inscripción en este registro será la única forma de acreditar dicha circunstancia con la finalidad de obtener los beneficios que el Programa pueda generar.

Se requiere que todos Frentistas que se registren adhieran a los Términos y Condiciones, aceptándolos, desde ese momento, plenamente y sin reserva alguna, así como en su caso, las condiciones particulares que en el futuro puedan complementarlas, sustituirlas o modificarlas en cualquier sentido.

El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reserva el derecho de modificar y/o adecuar y/o suplir y/o eliminar las condiciones y/o beneficios otorgados por el Programa.

En ningún caso, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires será responsable de cualquier daño, incluyendo, sin límite, daños, pérdidas o gastos directos, indirectos, inherentes o consecuentes, que surjan en relación con el Programa y/o beneficios y/o incentivos financieros y/o contractuales que puedan ofrecerse.

El Frentista expresamente acepta que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no tendrá responsabilidad alguna, y por ende no podrá reclamarla, en virtud de errores u omisiones o modificaciones o cambios en la información proporcionada y/o beneficios y/o incentivos proyectados.

El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no otorga garantía alguna sobre el efectivo otorgamiento de los beneficios y/o incentivos propuestos; los que deberán ser finalmente definidos y acordados entre el Frentista y la institución otorgante del beneficio.

El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires queda expresamente autorizado a suprimir, total o parcialmente, el Programa y/o los beneficios que pudieran otorgarse y/o haberse otorgado y/o modificarlo cuando lo consideren conveniente, sin necesidad de notificación previa de ninguna naturaleza.

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