Buenos Aires, 04/12/2024, edición Nº 5205
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Cómo acceder al servicio de mediación para resolver problemas entre vecinos

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(Barrio de Flores) La mediación es un método idóneo para resolver los problemas que plantea la vida en la ciudad. Consiste en que las personas o grupos en conflicto participen, voluntaria y personalmente, en una instancia conducida por un tercero neutral capacitado, el mediador, a fin de encontrar en conjunto soluciones que contemplen los intereses de todos y resolver controversias que en el sistema judicial demandarían años de trámites.

¿Qué conflictos podés resolver a través de una mediación?

-Problemas de convivencia entre vecinos
-Ruidos molestos y olores desagradables
-Filtraciones y humedad
-Molestias por tenencias de mascotas
-Problemas interculturales, ecológicos y urbanísticos
-Desavenencias familiares
-Consorcio (exceptuado temas económicos)
-Multipartes
-Incumbencias derivadas (derivaciones de juzgados y fiscalías)
-Discriminación
-Medianería
-Ocupación de espacio público
-Violencia laboral

¿Cuáles son las ventajas de la mediación?

–Rapidez: A partir de la apertura del caso sólo transcurren tres semanas aproximadamente hasta la fecha de audiencia y el proceso, normalmente, se desarrolla por completo en una, dos o tres reuniones; a diferencia del sistema judicial, donde puede extenderse durante años.

–Autocomposición: Se trata de un método en el que las partes construyen sus soluciones recíprocamente; el entendimiento al que arriben podrá materializarse en un acuerdo. Por lo tanto, dicho acuerdo será el resultado de un convencimiento mutuo.

–Gratuidad: El servicio que brinda el Centro de Mediación, Conciliación y Arbitraje es total y absolutamente gratuito.

-Confidencialidad: Es una característica central de la mediación y constituye un compromiso tanto para las partes como para el mediador. Se firma un convenio antes del inicio de las sesiones para garantizar su cumplimiento.

–Imparcialidad: El mediador es un tercero neutral que se mantiene al margen de los intereses propios de las partes, procurando siempre proceder con rectitud en pos de la equidad. A diferencia del juez, el mediador nunca impone la solución y, por tanto, nunca toma partido, ni adhiere a las posiciones de las partes.

–Informalidad: Usualmente en las mediaciones comunitarias las partes concurren sin abogados; se trata de un método que procura la comunicación directa entre los interesados. Sin embargo, quien lo desea tiene la posibilidad de concurrir con sus abogados.

Cuestiones no mediables

-Aquellos casos en que existe un juicio en trámite, salvo que ambas partes lo soliciten y se comprometan a homologarlo en la Justicia

-Casos en los que medie o haya mediado violencia física o se haya cometido algún delito

-Causas penales

-Cuestiones laborales relativas a indemnizaciones, diferencias salariales, discusión de convenios

-Causas de familia relativas a división de sociedad conyugal; tenencia de hijos; alimentos; régimen de visitas
-Juicios sucesorios y voluntarios, reclamos por cobro de expensas

Podés acceder al servicio de mediación llamando de lunes a viernes de 10 a 18 al 0800-999-3722, concurriendo personalmente en el mismo horario a la sede de la Defensoría del Pueblo de Av. Santa Fe 1736 o enviando un correo-e a mediacion@defensoria.org.ar

mediacion-vecinos

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