Buenos Aires, 25/07/2024, edición Nº 5073
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Fuerte repudio al fallo que niega el travesticidio de Diana Sacayán

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(Barrio de Flores) El fallo que confirmó la pena a prisión perpetua de Gabriel David Marino, asesino de la activista trans de Flores Diana Sacayán, pero que eliminó el agravante por odio a la identidad de género fue criticado por organizaciones y el Ministerio de Mujeres, géneros y Diversidad, a cargo de Elizabeth Gómez Alcorta. La decisión de la Sala I de la Cámara Nacional de Casación “evidencia la falta de perspectiva de género en la administración de justicia de nuestro país. La necesidad de transformación es urgente”, dijo Gómez Alcorta en Twitter.

En el mismo sentido Alba Rueda, Subsecretaria de Políticas de Diversidad del Ministerio, dijo que el fallo que eliminó el concepto de travesticidio en la sentencia por el crimen de Sacayán “es doloroso e innecesariamente cruel. Desde lo humano es un escándalo”. La funcionaria pidió revertir la resolución y evaluó que se vuelve “a foja cero” en perspectiva de género y diversidad en la Justicia. “La violencia estructural no se basa solo en motivos de género sino en los lugares que ocupamos a partir de nuestras identidades de género. Esto es un travesticidio porque Diana era, es, una compañera travesti referente de los derechos humanos y la interpretación de las normas siempre tienen que tener en cuenta el contexto social”, añadió en diálogo con Télam. Rueda recordó que en marzo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) puso en valor el primer fallo que incorpora la variable de identidad de género dentro del ámbito judicial.

El fallo suprime la doble calificación agravada que había sido considerada por el Tribunal Oral en lo Criminal N° 4. Quita el inciso 4to del art. 80 del Código Penal, que es el odio a la identidad de género. “Dice que lo que pasó con Diana se trata de un femicidio”, cuestionó el Movimiento Antidiscriminatorio de Liberación (MAL). La organización calificó la resolución firmada por los jueces Patricia Llerena, Gustavo Bruzzone y Jorge Luis Rimondi de “arbitraria, contradictoria y de un carácter de suma crueldad” para el colectivo travesti trans. “Lo entendemos como una respuesta política de sectores resistentes dentro del poder judicial al avance de los derechos de las identidades travestis en particular”, acentuaron.

MAL repudió el fallo que reconoce la violencia estructural del colectivo travesti trans, pero la encuadren dentro de la violencia de género. Además, rechazaron que los magistrados consideren a Diana Sacayán como ‘mujer’ y nieguen su calidad como defensora de los derechos humanos y como referente de colectivo travesti trans. “Diana no es una mujer, la identidad de Diana es travesti, en tal caso es una femineidad travesti”, expresaron.

La Cámara dice que Marino mató a Diana por mujer trans, con violencia de género, en un contexto de violencia estructural hacia las travestis, transexuales y transgéneros, pero sin transfobia. Ignora y desdice la prueba del juicio que todes, todix, todes, vimos y escuchamos. Valora la Cámara que no hay suficiente violencia, que la apuñalaron 13 veces, pero que en realidad no se considera apuñalamiento, aquello no es con un gran cuchillo, que en realidad todos los signos de violencia en el cuerpo de Diana son sin querer, por error, y producto de un golpe en el ‘forcejeo’”, criticaron.

El comunicado destacó con ironía que para los jueces “el cuerpo de Diana no refleja la suficiente violencia en sus genitales ni exposición de su cuerpo, que no sucedió en una fecha significativa para el colectivo LGBT, y que Marino no realizó expresiones transfóbicas, sino por el contrario, expresiones de afecto”. La organización enfatizó que “hay una sentencia que es histórica, que ha sido reconocida y usada en otros casos, como buenas prácticas en la justicia, que ha servido de material para poder generar políticas públicas dentro del Estado, que vino abriendo las puerta de todas las instituciones públicas con el objetivo de generar las condiciones de reparación y transformación a la comunidad travesti trans, en todo su estado de vulnerabilidad. Es una sentencia que en sus fundamentos es significativa para nuestro colectivo, donde hemos sido escuchades”. “Invisibilizar el travesticidio es impedir la tutela judicial efectiva de nuestros derechos, en contra de la ley. #fueuntravesticidio”, concluyó el comunicado.

A su vez, el Ministerio Público Fiscal (MPF) adelantó que presentará un recurso extraordinario contra el fallo de Casación que confirmó la condena por el crimen de Diana Sacayán y suprimió el agravante de “odio a la identidad de género” que había aplicado, en el fallo original, el Tribunal Oral Criminal N°4, que realizó el juicio. La presentación será realizada ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

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