Buenos Aires, 13/02/2026, edición Nº 5641
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Reforma laboral para repartidores: Qué cambia para quienes trabajan en Rappi, Uber y Pedidos Ya

Media sanción a la ley de apps. La reforma laboral para repartidores confirma que son independientes pero exige seguros y transparencia. Conocé los detalles.

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El Senado dio media sanción a una normativa histórica que busca regular el vacío legal de las “economías de plataforma”. La reforma laboral para repartidores y conductores establece, por primera vez, un marco jurídico claro: ratifica que no son empleados en relación de dependencia, sino “prestadores independientes”, pero obliga a las empresas a garantizar derechos básicos, seguros y transparencia algorítmica.

Esta ley aplica a todas las plataformas de movilidad y reparto (como Uber, Cabify, Rappi y Pedidos Ya) y llega en un contexto donde, según datos de diciembre de 2025, un repartidor necesita completar 454 pedidos para cubrir la Canasta Básica Total.

¿Empleados o independientes? Qué define la ley

El punto central del proyecto es la definición del vínculo. La norma termina con la zona gris de los juicios laborales al definir al trabajador como “prestador independiente de plataformas tecnológicas”.

Esto significa que no hay relación de subordinación, pero a cambio se consagran libertades absolutas para el trabajador:

  • Libertad de conexión: Pueden elegir cuándo y cuánto tiempo conectarse sin sanciones.

  • Rechazo de pedidos: Podrán rechazar viajes o entregas sin tener que dar explicaciones ni sufrir bloqueos.

  • Multiplataforma: Tienen derecho a trabajar para varias apps simultáneamente.

Nuevos derechos: Seguros y “No” a los bloqueos arbitrarios

Aunque la reforma laboral para repartidores confirma la autonomía, introduce obligaciones fuertes para las empresas tecnológicas que mejoran la seguridad del trabajador:

  1. Seguro de Accidentes: Las plataformas deben proveer una póliza que cubra fallecimiento accidental, incapacidad, gastos médicos y farmacéuticos.

  2. Transparencia: Las apps deben explicar en lenguaje claro cómo funcionan sus algoritmos de asignación de pedidos.

  3. Derecho a Réplica: Si una cuenta es suspendida o bloqueada, la app debe dar una explicación y ofrecer un canal con atención humana (no bots) para que el trabajador pueda defenderse.

  4. Propinas: Se garantiza que el 100% de la propina (digital o efectivo) es para el repartidor.

Obligaciones: Monotributo y Seguridad Vial

El proyecto también exige profesionalización por parte de los prestadores. Para operar bajo esta nueva ley, los repartidores deberán:

  • Estar inscriptos en la AFIP (Monotributo) y pagar sus propios aportes jubilatorios y de obra social.

  • Tener una cuenta bancaria o billetera virtual (CBU/CVU) a su nombre.

  • Contar con los elementos de seguridad vial correspondientes a su vehículo.

  • Realizar las capacitaciones gratuitas que las plataformas deberán ofrecer obligatoriamente.

El dato económico

La regulación llega en un momento crítico. Según el “Índice APP” de la Fundación Encuentro, la precariedad de ingresos obliga a jornadas extensas. La ley busca que, al menos, esas jornadas cuenten con un respaldo de cobertura ante accidentes, algo que hasta hoy quedaba, muchas veces, a la suerte del trabajador.

El proyecto ahora pasa a la Cámara de Diputados, donde se espera un debate intenso la próxima semana para convertirlo en ley definitiva.

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